
Suat junto a FEMI forman la red Uruguay Emergencia con cobertura en todo el país.
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Uruguay Emergencia (Convenio Suat - FEMI)
Suat y las instituciones del Consorcio FEMI, nucleadas en la red Uruguay Emergencia se prestarán la asistencia recíproca establecida en el convenio firmado en agosto de 2000. Sin perjuicio, para perfeccionar las prestaciones a los usuarios de Suat en las zonas turísticas de los Departamentos de Canelones, Maldonado y Rocha, así como para los socios de las Instituciones del Consorcio en Montevideo, se acordó instaurar un ticket de $270. -(doscientos cincuenta pesos uruguayos) impuestos y timbre de la Caja de Jubilaciones de Profesionales incluidos. Este ticket se pagará tanto en la consulta domiciliaria como en la consulta de policlínica.
Las prestaciones que recibirán los afiliados se refieren al diagnóstico de la afección motivo de la consulta, la indicación del tratamiento apropiado y las medidas terapéuticas iniciales. En caso de requerirse exámenes especializados o procedimientos quirúrgicos (yesos, suturas, etc.) los pacientes serán orientados a las instituciones de asistencia integral a las que tengan derechos, o de desearlo a los centros del MSP de la zona.
Si los usuarios desean completar su asistencia en Instituciones de Asistencia Integral en las zonas turísticas, estas podrán ser atendidas a costo de cada persona, y con un arancel bonificado del cual se informará al usuario de Suat.
Los traslados desde las Zonas Turísticas del Este, o desde Montevideo, hacia las mismas, no son de responsabilidad del Consorcio Femi ni de Suat, sino de las Instituciones de asistencia integral a la que cada persona tenga derecho, y el papel de los prestatarios de la emergencia consiste en informar a dichas instituciones de la necesidad de dicho traslado, y proporcionar los datos más completos que permitan hacerse una cabal composición de la situación vital.
Los servicios de inyectables y control de las Presión Arterial no se consideran asistencia medica cubierta por este Convenio, y se realizarán por aranceles de enfermería bonificados en las Policlínicas de las Instituciones prestatarias.
Los usuarios de Suat podrán demandar información adicional llamando al teléfono de FEMI 1750.
Servicios de Atención al Cliente: 711 07 11
e-mail: consultas@suat.com.uy
Convenios con CARDIOMOVIL y SAPP
Disponemos de convenios para la asistencia en Punta del Este, Punta Ballena, Piriápolis y Maldonado, con la empresa Cardiomóvil, y en la Costa de Canelones desde el arroyo Pando hasta el arroyo Solís Grande con la empresa SAPP, ambos con costo bonificado.
Los usuarios de Suat podrán demandar información adicional llamando al teléfono 711 0711.
Servicios de Atención al Cliente: 711 07 11
e-mail: consultas@suat.com.uy
Uruguay Emergencia (Convenio SUAT - FEMI)
Suat y las instituciones del Consorcio FEMI, nucleadas en la red Uruguay Emergencia se prestarán la asistencia recíproca establecida en el convenio firmado en agosto de 2000.
Las prestaciones que recibirán los afiliados se refieren al diagnóstico de la afección motivo de la consulta, la indicación del tratamiento apropiado y las medidas terapéuticas iniciales. Esta asistencia es sin costo para el socio de Suat.
En caso de requerirse exámenes especializados o procedimientos quirúrgicos (yesos, suturas, etc.) los pacientes serán orientados a las instituciones de asistencia integral a las que tengan derechos, o de desearlo a los centros del MSP de la zona.
Si los usuarios desean completar su asistencia en Instituciones de Asistencia Integral, estas podrán ser atendidas a costo de cada persona, y con un arancel bonificado del cual se informará al usuario de Suat. En Montevideo, los usuarios del Consorcio Femi que requieran asistencia completa, serán trasladados al Sanatorio Americano.
Los traslados, al interior o a Montevideo, no son de responsabilidad del Consorcio Femi ni de Suat, sino de las Instituciones de asistencia integral a la que cada persona tenga derecho, y el papel de los prestatarios de la emergencia consiste en informar a dichas instituciones de la necesidad de dicho traslado, y proporcionar los datos más completos que permitan hacerse una cabal composición de la situación vital.
Los servicios de inyectables y control de las Presión Arterial no se consideran asistencia medica cubierta por este Convenio, y se realizarán por aranceles de enfermería bonificados en las Policlínicas de las Instituciones prestatarias.
Los usuarios de Suat podrán demandar información adicional llamando al teléfono de FEMI 1750.
Servicios de Atención al Cliente: 711 07 11
e-mail: consultas@suat.com.uy