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Certificado de aptitud para Libreta de Conducir Amateur

Examen médico para libreta de conducir amateur, para conducir automóviles, motos y ciclomotores.

Este examen se realiza de lunes a viernes en el horario de 8 a 19.30, debiendo indefectiblemente solicitar previamente hora telefónica por el 487 7047 o personalmente en la Clínica del Estadio.

El exámen puede llevarse a cabo desde 30 días antes de cumplirse los 16 años si es para conducir ciclomotor o 30 días antes de cumplirse los 18 si es para moto y automóvil.

Ciclomotor: de 16 a 65 años.
Motos y automóviles: de 18 a 65 años.
Categoría de Licencia: A, G1 y G2.
Tipo de trámite: Aspirante y Renovación.

Aspirante

Toda persona que aspira a conducir un vehículo de las citadas categorías, y que hasta el momento no haya obtenido licencia alguna.

Incluye cambio de grado dentro de cada categoría, homologaciones y reconocimiento de licencias de conducir que inician su trámite en Montevideo emitidas por capitales del interior, y licencias extranjeras cualquier sea su origen.

Requisitos: Cédula de Identidad y en caso de homologación de libreta emitida en el interior o en el extranjero debe traer la libreta de origen.

Renovación

Toda persona que habiendo obtenido su licencia amateur en las categorías citadas, tengan vencido el plazo otorgado para la misma o próximo a vencer en no más de diez días. Quedan exentos de este examen aquellas renovaciones realizadas a los dos años de tramitada la libreta por primera vez.

El certificado médico emitido no autoriza a conducir y deberá ser presentado ante la IMM, División Tránsito y Transporte – Servicio de contralor de conductores.

Pueden solicitar dicho examen únicamente aquellas personas mayores de la edad estipulada o bien con anterioridad no superior a los 30 días de cumplir la edad requerida.

Requisitos: Cédula de identidad, libreta de conducir o historia de conductor (emitida por Intendencia Municipal) en caso de extravio o robo de la libreta.

Certificaciones médicas a ser realizadas exclusivamente por la Unidad de Salud de Tránsito de la IMM:

Mayores de 65 años
Discapacitados Ley 13102, Decreto 22525
Sordomudos
Diabéticos insulino-dependientes
Portadores de glaucoma
Libretas categoría profesional

Nota: Diabéticos no insulino-dependientes que no estén estables metabólicamente deberán concurrir con examen de glicemia reciente.

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